¿Quieres Estudiar Derecho? Conoce el Sistema de Justicia

La Escuela de Derecho te invita a conocer el sistema de justicia en nuestro país con información de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

¿Qué es la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país y cabeza del Poder Judicial de la Federación. Tiene entre sus responsabilidades defender el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; mantener el equilibrio entre los distintos Poderes y ámbitos de gobierno, a través de las resoluciones judiciales que emite; además de solucionar, de manera definitiva, asuntos que son de gran importancia para la sociedad. En esa virtud, y toda vez que imparte justicia en el más alto nivel, es decir, el constitucional, no existe en nuestro país autoridad que se encuentre por encima de ella o recurso legal que pueda ejercerse en contra de sus resoluciones.

¿Qué es el Poder Judicial de la Federación?

Con base en lo señalado por la Constitución Mexicana, el Poder Judicial de la Federación representa al guardián de la Constitución, el protector de los derechos fundamentales y el árbitro que dirime las controversias, manteniendo el equilibrio necesario que requiere un Estado de derecho.

Es importante mencionar que este es un poder distinto al que imparte la justicia local, es decir, que sólo conoce de las materias expresamente asignadas en la Constitución.

¿Cómo está integrado el Poder Judicial de la Federación?

El artículo 1° de su Ley Orgánica señala que las instancias que lo conforman son:

  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación
  • El Tribunal Electoral
  • Los Tribunales Colegiados de Circuito
  • Los Tribunales Unitarios de Circuito
  • Los Juzgados de Distrito
  • El Consejo de la Judicatura Federal
  • Poder Judicial y Suprema Corte de Justicia de la Nación
  • Órganos del Poder Judicial de la Federación

Fragmentos recopilados de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación del 22 de noviembre de 1996.
ARTICULO 1o. El Poder Judicial de la Federación se ejerce por:

  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación;
  • El Tribunal Electoral;
  • Los Tribunales Colegiados de Circuito;
  • Los Tribunales Unitarios de Circuito;
  • Los Juzgados de Distrito;
  • El Consejo de la Judicatura Federal;
  • El Jurado Federal de Ciudadanos, y
  • Los Tribunales de los Estados y el Distrito Federal en los casos previstos por el Artículo 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por disposición de la ley deban actuar en auxilio de la justicia federal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal.
Fragmentos recopilados de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación del 22 de noviembre de 1996.
ARTICULO 68. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Electoral, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, en los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ley. El Consejo de la Judicatura Federal velará, en todo momento, por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de los miembros de este último.

¿Cómo se explica el principio de división de poderes?

La división de poderes es uno de los elementos imprescindibles en la organización del Estado. Tiene por objeto evitar el abuso del poder y preservar los derechos del hombre. De esta forma, se separan las funciones de los órganos públicos en tres categorías generales: legislativas (Poder Legislativo), administrativas (Poder Ejecutivo) y jurisdiccionales (Poder Judicial).